¿Qué hago con mi interfaz? La protección de elementos no literales del software.
March 16, 2025
Twitter: Sabes lo que son los elementos no literales del software? Pueden protegerse por medio del derecho de autor? En la siguiente pieza encuentras más información. Recuerda que en #Merino&Asociados te ayudamos a proteger tus creaciones.
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Public Domain Dedication License
Los derechos de autor son comúnmente utilizados como un
mecanismo adecuado para proteger el software. Sin embargo,
como cualquier mecanismo de propiedad intelectual, su
alcance está limitado según la categoría de obra a
proteger.
En Colombia, el
Decreto 1360 de 1989
regula la inscripción del soporte lógico (software) en el
Registro Nacional del Derecho de Autor e introduce el
concepto de software en la legislación del país. Este
decreto trata el software como una creación literaria,
incluyendo el programa de computadora, su descripción y
material auxiliar. A pesar de ello, el artículo 7 señala
que la protección otorgada al soporte lógico no excluye
otras formas de protección.
Algunos de estos
elementos, como la interfaz gráfica, pueden protegerse
mediante un registro de autor separado del programa de
ordenador original; otros se considerarán incluidos en el
registro y su defensa procederá en casos de infracción, y
otros quedarán excluidos de la protección que ofrece el
derecho de autor colombiano. Los elementos no literales de
un software abarcan, entre otros, la arquitectura del
programa, su estructura, secuencia y organización, módulos
operativos, interfaces de usuario, etc.
Un
ejemplo reciente de litigio con base en elementos no
literarios del software, es el caso
SAS v World Programming Limited
(WPL), que se está decidiendo actualmente en la Corte de
Apelaciones del Circuito Federal (CAFC) de los Estados
Unidos. La CAFC ha
establecido que
SAS (el demandante) no ha demostrado de manera suficiente
el carácter protegible por derechos de autor de ciertos
elementos de su software.
SAS acusa a WPL de
infringir algunos elementos no literales de su software. A
pesar de la controversia en la protección de estos
elementos, varios casos han sido decididos a favor del
titular. Para ello, las cortes utilizan el test de Altai,
un enfoque legal que consta de tres pasos principales:
1.
Abstracción: Se identifican y desglosan los elementos
constitutivos de las obras en niveles de abstracción
creciente, desde lo más concreto hasta lo más
abstracto.
2. Filtración: Se filtran los elementos
que no pueden ser protegidos por derechos de autor, como
ideas generales, algoritmos, métodos de operación y
cualquier elemento dictado por consideraciones de
eficiencia, requisitos externos o limitaciones impuestas
por el hardware.
3. Comparación: Se comparan los
elementos restantes (filtrados y no filtrados) en ambas
obras para determinar si existe una similitud sustancial.
Si se encuentra una similitud significativa en los
elementos protegibles, se puede concluir que existe una
infracción de derechos de autor.
Este test es
fundamental para garantizar la protección de la propiedad
intelectual y evitar la infracción de derechos de autor en
las obras protegidas, especialmente en el ámbito del
software. No obstante, este test no se aplica por completo
en nuestro ordenamiento, aunque puede citarse como
referencia para el tribunal que decida el caso.
En
algunos casos, resulta difícil demostrar la línea que
divide los elementos no literales de las ideas abstractas.
Por lo tanto, nuestra recomendación es que, al proteger tu
software, registres de forma independiente la mayor
cantidad de elementos individualizados posibles, de tal
manera que la protección no se diluya en la generalidad de
la idea y se aplique a elementos específicos.
